La ley de morosidad
Morosidad : ley aplicable
El 5 de Julio del 2010 entró en vigor la ley de morosidad. Consiste en establecer medidas contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Los períodos máximos de pago en operación entre empresas es la siguiente:
2011: 85 dias
2012: 75 dias
A partir del 01/01/2013: 60 dias
En las operaciones con Administraciones públicas:
2011:50 dias
2012:40 dias
A partir del 01/01/2013: 30 dias
Desde mi punto de vista, la ley de la morosidad adolece de un defecto importante. No contine los mecanismos de control necesarios para que pueda asegurarse su cumplimiento, por lo que, hoy por hoy, dicha ley no deja de ser tinta sobre papel que no cumple ni las administraciones públicas (ayuntamientos, diputaciones, etc.) ni las empresas privadas.
Gestoría en Sant Feliu de Llobregat
Productos financieros : factoring, confirming, renting y leasing
Productos financieros : factoring, confirming,renting
Factoring: Factura conformada por el banco, normalmente hasta 60.000 euros de riesgo. La entidad financiera nos anticipa el 90% de la factura y así aseguramos el riesgo del impagado futuro. Comporta unos gastos de intereses y comisión.
Confirming: Orden de cobro con un vencimiento determinado. Por ejemplo, descuento de efectos, pagarés, letras, etc. siempre que tengan fuerza ejecutiva. El confirming es más rápido y ágil que el confirming ya que el factoring siempre ha de pasar por el banco mientras el confirming no.
En efecto, vencido el término del contrato, el arrendatario tiene la facultad de adquirir el bien a un precio determinado, que se denomina «residual», pues su cálculo viene dado por la diferencia entre el precio originario pagado por el arrendador (más los intereses y gastos) y las cantidades abonadas por el arrendatario al arrendador. Si el arrendatario no ejerce la opción de adquirir el bien, deberá devolverlo al arrendador, salvo que el contrato se prorrogue
Hay muchos otros productos financieros pero quizá estos sean de los más importantes
Asesoría y gestoría en Sant Feliu de Llobregat
Consejos fiscales al montar un negocio en casa
¿Qué me puedo deducir al montar un negocio en casa?
Muchos emprendedores empiezan su negocio en casa. Pero, ¿cuáles son las deducciones que pueden aplicarse al montar un negocio en casa? ¿Son los suministros de luz, gas, etc. deducibles, es el préstamo de la vivienda deducible en la actividad?
Estas son algunas recomendaciones:
Hacienda ve las facturas desde dos interpretaciones o legislaciones diferentes: la ley del IRPF y la ley del IVA.
Desde el punto de vista del IRPF son deducibles:
-Las facturas de teléfonos móbiles siempre que estén al 100% afectas a la actividad.
-Las líneas de teléfono fijas y el ADSL son deducibles siempre y cuando estén afectas al 100% a la actividad. El que tenga que estar la línea afecta al 100% implica que tiene que haber como mínimo dos líneas fijas en la vivienda ya que si hubiese solo una no se consideraría deducible por ser de uso privado en un porcentaje más o menos elevado.
-Las reformas solo serán deducibles siempre que tengan que ver con el espacio de la vivienda destinado a la actividad: el despacho, etc.
-La amortización de la vivienda también podrá deducirse en la parte proporcional de los metros cuadrados destinados a la actividad y solamente en el valor de la construcción, ya que el suelo no se amortiza.
-En el caso de los vehículos, sólo son deducibles si están afectos el 100% a la actividad. Esto quiere decir que si una persona física tiene solo un coche, no será deducible por defecto. Solo en el caso que tenga dos vehículos puede argumentarse que uno de ellos se utiliza exclusivamente para la actividad y el otro no. En este caso, Hacienda hace una excepción con el epígrafe de los comerciales, a los cuales les deja deducirse el coche aunque lo usen indistintamente para la actividad y para uso privado.
-Los suministros de agua, luz y gas por defecto no son deducibles. Sólo serían deducibles si existiese un contador independiente que recogiese el suministro de la zona utilizada exclusivamente para la actividad.
-El préstamo de la vivienda habitual es deducible en la parte proporcional de los metros cuadrados que utilizamos para la actividad económica. En este caso, hay que tener en cuenta que sólo son deducibles los intereses y comisiones del préstamo pero nunca el capital devuelvo.
Desde el punto de vista de la ley de IVA:
-Cuando un vehículo se utiliza indistintamente para la actividad y para uso privado solo es deducible el 50% del IVA de las facturas relacionadas con el coche:
gasolina, reparaciones, etc
FERRANSA ASESORES
Gestoria en Sant Feliu de Llobregat
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